Transferencia del Seguro
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Transferencia del Seguro
Buen dia muchachos,
Quizas va a sonar estupido, pero es mi primera moto y no encuentro nada en Google interesante, me saltan boludeces de otros paises.
Es posible transferir el seguro?
La cosa es que, me compre el Z 125 pero me quede corto para las autopistas y rutas, entonces, cuando arranque el año, mi idea es pasarme a un 250 o directamente a XT o Tenere.
Mas alla de eso, cuando adquiri el vehiculo (Septiembre), realice un unico pago para todo el año en ATM contra robo (aprox 3200 pesos, en 1 cuota); entonces, me gustaria saber si es posible transferir esa responsabilidad o es una burrada.
No me gustaria tener que venderla y perder ese dinero que ya abone.
Gracias por sus comentarios.
Saludos,
Fede
Quizas va a sonar estupido, pero es mi primera moto y no encuentro nada en Google interesante, me saltan boludeces de otros paises.
Es posible transferir el seguro?
La cosa es que, me compre el Z 125 pero me quede corto para las autopistas y rutas, entonces, cuando arranque el año, mi idea es pasarme a un 250 o directamente a XT o Tenere.
Mas alla de eso, cuando adquiri el vehiculo (Septiembre), realice un unico pago para todo el año en ATM contra robo (aprox 3200 pesos, en 1 cuota); entonces, me gustaria saber si es posible transferir esa responsabilidad o es una burrada.
No me gustaria tener que venderla y perder ese dinero que ya abone.
Gracias por sus comentarios.
Saludos,
Fede
SevenSixty- Usual
- Edad : 32
N° Mensajes : 151
Mi ciudad : Ciudad Autonoma de Buenos Aires
Re: Transferencia del Seguro
Hola Fede, todos los derechos pueden ser cedidos, salvo prohibición expresa o implícita de la ley.
Pero ceder tu contrato de seguro a un tercero, ya no se trata de cesión de derechos, si no que es una situación compleja donde existen derechos (a que te paguen ante un siniestro) y obligaciones (pagar las cuotas).
Puede realizarse el cambio de persona en una relación contractual, siempre y cuando se preste el consentimiento de las partes, si no hay acuerdo no se puede. Probablemente la poliza algo diga si no se puede.
Si no da su consentimiento la aseguradora, existe otra forma, que creo no te conviene, (en resumen rápido, si la aseguradora después no paga, te pueden reclamar a vos)
Para estar seguro consulta algún abogado o escribano amigo y te quedas tranquilo!
Saludos!
Pero ceder tu contrato de seguro a un tercero, ya no se trata de cesión de derechos, si no que es una situación compleja donde existen derechos (a que te paguen ante un siniestro) y obligaciones (pagar las cuotas).
Puede realizarse el cambio de persona en una relación contractual, siempre y cuando se preste el consentimiento de las partes, si no hay acuerdo no se puede. Probablemente la poliza algo diga si no se puede.
Si no da su consentimiento la aseguradora, existe otra forma, que creo no te conviene, (en resumen rápido, si la aseguradora después no paga, te pueden reclamar a vos)
Para estar seguro consulta algún abogado o escribano amigo y te quedas tranquilo!
Saludos!
santiagop82- N° Mensajes : 7
Mi ciudad : Cordoba
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